Islas del Ibicuy

Celebramos parcialmente el fallo de la justicia sobre la planta de extracción de arenas de YPF S.A. lindante a la escuela n° 30 «Ejército Argentino».

El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos falló sobre nuestro amparo ambiental presentado en marzo junto con la Fundación Cauce y la apelación por parte del gobierno provincial, la municipalidad de Ibicuy e YPF S.A. Nuestra intervención se debió a la cercanía que existe con la escuela primaria n° 30 “Ejército Argentino”, dando por demostrado que la misma está a unos 500 metros de la planta de extracción y no a 1000 metros como expresaba el informe de impacto ambiental de YPF S.A. La definición de la justicia ordena a YPF S.A. a realizar muestreos de calidad de agua en la modalidad sugerida por el perito interviniente cada 45 días, por el término de 12 meses desde que quede firme la sentencia definitiva, y proveer a las autoridades de control los estudios de toxicidad de los floculantes utilizados sobre una mayor diversidad de organismos vivos con una periodicidad de 3 meses. También la justicia ordenó realizar por parte de la Secretaría de Ambiente de Entre Ríos (SAER) en concurrencia con la Municipalidad de Ibicuy, una campaña de divulgación periódica de los resultados de los monitoreos de calidad de aire y agua obtenidos, publicando los resultados y conclusiones en un lenguaje llano y accesible y fácilmente disponible para la población en general y en especial para el barrio cercano a la planta y a la escuela n° 30 “Ejército argentino”. Además, se estableció que la SAER con ayuda de la Municipalidad de Ibicuy en un plazo de 180 días de quedar firme la sentencia debe llevar adelante un estudio de impacto acumulativo en la zona afectada por los procesos de extracción de arenas. Celebramos parcialmente este fallo en lo que a las medidas mencionadas se refiere, pero también tenemos que decir que la justicia ratifica que la planta pueda hacer uso del floculante “Sanuroil 8040”, producto que utiliza para el tratamiento del agua en la extracción de arenas silíceas rectificando lo expresado por la justicia en primera instancia. El fallo, en término ambientales, es un triunfo, pero también evidencia el divorcio existente entre la matriz productiva predominante en nuestro país y el cuidado de los bienes comunes. En este marco, es importante remarcar que YPF S.A. extrae arenas silíceas de nuestra jurisdicción departamental para utilizarla como materia prima en Vaca Muerta, donde, mediante fractura hidráulica o fracking, se extrae petróleo y gas. En el contexto de estos pasos dados, sostenemos firmemente nuestro compromiso firme con el cuidado del medio ambiente y los bienes comunes.

Abel Antivero, Secretario General Lidia Otero, Secretaria Adjunta. Pablo Frías, Secretario Gremial CDD AGMER Islas del Ibicuy

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